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¡Existo!

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La trabajadora social le pidió a Josefina —nombre ficticio— que le presentara las actas de nacimiento de sus gemelos. Josefina respondió: “Fíjese, seño, que yo no tengo esos papeles. Me han dicho que son importantes, pero es que yo tampoco fui inscrita”. Josefina es una joven madre de 18 años que vive en una comunidad de Panzós, Alta Verapaz, a quien sus padres nunca la inscribieron en el Registro Nacional de Personas (RENAP). Para solventar su propia inscripción y la de sus gemelos, necesita servicios de abogados, pero el abogado más cercano del RENAP se encuentra en Cobán, a unos 125 kilómetros de distancia.

En Guatemala, muchos niños y niñas no han sido inscritos en el RENAP, lo que dificulta su "nacimiento" en la vida jurídica. La importancia de esta inscripción radica en que, al contar con un nombre y una identidad legalmente reconocida, se facilita el acceso a servicios básicos como educación, salud y protección social. También se desarrolla el sentido de pertenencia y autoestima en una familia y entorno comunitario, así mismo, una identidad legalmente reconocida contribuye a protegerles del abuso y la explotación.

Todos los niños y niñas tienen derecho a un nombre y a una identidad porque es fundamental para su desarrollo integral. Este derecho está consagrado en la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989. El artículo 7 de la CDN establece que la niñez tiene derecho a un nombre desde su nacimiento y a adquirir una nacionalidad.

Existe un consenso global sobre la importancia de proteger los derechos de la niñez, ya que la CDN es el tratado de derechos humanos más ratificado en la historia. Sin embargo, este aparente sencillo procedimiento no siempre es realizado por los padres y madres por diversas razones, tales como:

  • La falta de prioridad, ya que al verse como una responsabilidad de los hombres, quienes lideran en sus casas, se asume que deben hacerlo, pero muchas veces no lo hacen porque están trabajando. Así, pasa el tiempo y se olvida.
  • El desconocimiento del proceso debido al aislamiento de las comunidades y la escasa información proporcionada por las instituciones responsables.
  • El temor a pagar grandes cantidades de dinero por concepto de multas. Pero en realidad existe una multa única de Q 25.00 por inscripciones después de los 60 días.
  • Los altos costos económicos, ya que deben movilizarse a áreas urbanas para realizar los trámites.

ChildFund contribuye con las familias de las comunidades en donde trabaja, a través de los Comités Comunitarios de Protección, para identificar casos de niñez no inscrita en el RENAP y gestionar su registro. El año pasado, en coordinación con varias organizaciones de Panzós y la Oficina Municipal de Protección a la Niñez y Adolescencia (OMPNA), se realizaron actividades que permitieron la inscripción extemporánea de más de 35 niñas y niños. Los integrantes de los comités formaron alianzas, llenaron las fichas de cada niño o niña, analizaron los casos uno por uno para determinar necesidades específicas y gestionaron fondos para cubrir varias de ellas.

ChildFund seguirá trabajando para sensibilizar y educar a la población sobre la importancia del registro de nacimientos y el derecho a una identidad, asegurando que "existir" en la vida jurídica sea una prioridad para las familias, autoridades comunitarias y los gobiernos municipales. Casos de vulneración de derechos, como el de Josefina, no deben repetirse, por lo tanto, registrar a los niños y niñas en el RENAP es un paso crucial para evitar que sus derechos fundamentales sean vulnerados.